Ley electoral de la provincia Artículo 19 sexies Provincia de Mendoza
Ley electoral de la provincia Mendoza
Artículo 19 sexies.
La Junta Electoral Provincial, previa audiencia con los candidatos/as y/o apoderados/as de las agrupaciones políticas participantes, y convocando a representantes de las universidades públicas y privadas con asiento en la Provincia de Mendoza y representantes de los medios de comunicación públicos, tanto estatales como privados de la Provincia, reglamentará el procedimiento del debate y las demás cuestiones atinentes a su desarrollo en el marco de esta ley.
Como mínimo el reglamento deberá prever lo siguiente:
Inc. a) Lugar, fecha y hora del debate, Inc. b) La forma de selección de los moderadores del debate, Inc. c) Los temas a debatir y el tiempo destinado a expresarse sobre los distintos temas, Inc. d) Deberá garantizar un espacio dentro del debate para la participación de los candidatos/as a la Vicegobernación.
Provincia de Mendoza Artículo 19 sexies Ley electoral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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